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Imagina que acabas de aprobar tus oposiciones, ya se ha publicado en el BOE el listado de los futuros funcionarios públicos y, al salir a celebrarlo durante el fin de semana, sufres una caída con la bicicleta. ¡El médico te da la baja laboral durante las próximas tres semanas! La toma de posesión del cargo como funcionario público está prevista dentro de los próximos 15 días. Pero... ¿Es posible tomar posesión de una plaza como funcionario estando de baja? ¿Y ahora qué ocurre?
En este artículo, te explicaremos todos los detalles sobre las distintas bajas médicas e incapacidades profesionales, así como su compatibilidad o no con tomar posesión del cargo de funcionario público. ¡Quédate y descubre todos los detalles!
Lo más indicado parece acudir al Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), regulado en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para comprobar qué se dice sobre la toma de posesión en situaciones de incapacidad, ¿verdad? Pues, realmente, el TREBEP no establece explícitamente una norma específica sobre la toma de posesión en situaciones de incapacidad, ya sea temporal o permanente.
Sin embargo, en el Capítulo I del Título IV sobre 'Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio', que alberga los artículos del 55 al 62, se señala algunas situaciones relacionadas con la toma de posesión del puesto en situaciones de incapacidad. Algunas son:
Aunque estos artículos no ofrecen una visión exacta sobre el tema, nos pueden ayudar a hacernos una idea sobre la implicación de tomar posesión de una plaza estando de baja.
Como hemos visto, el TREBEP no contempla, explícitamente, si es posible tomar posesión de una plaza estando de baja. Sin embargo, podemos encontrar más información si acudimos al Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En él, se señala que, salvo causa justificada, el funcionario/a debe tomar posesión en el plazo señalado, pero añade que, en casos excepcionales, el órgano competente puede conceder una ampliación de plazo si el interesado lo solicita y justifica adecuadamente. Se sobreentiendo que, en casos de incapacidad temporal acreditada, el tribunal podría ampliar el plazo.
En relación con lo anterior, lo más habitual es que un funcionario en situación de baja médica no tome posesión de su puesto hasta que se resuelva su situación mediante el alta médica. Para ello, el órgano competente ampliará el plazo de toma de posesión hasta que desaparezca su situación.
Sigue leyendo y descubre más sobre tomar posesión de una plaza para la función pública estando de baja.
En España, se contemplan distintos tipos de bajas médicas. La clasificación más común contempla dos tipos de bajas laborales:
Otra forma habitual de clasificar los tipos de bajas es la siguiente:
El tiempo de baja laboral, así como la remuneración, puede variar en cada caso.
Como has podido comprobar, existen varios tipos de bajas distintos. La baja médica temporal y la baja médica permanente son las dos más comunes. Por eso, queremos hacer hincapié en si es posible tomar posesión de una plaza de funcionario mientras te encuentras en alguna de estas dos situaciones. ¡Sigue leyendo y descubre los detalles!
¿Te preguntas si es posible tomar posesión de una plaza de funcionario estando de baja médica temporal? Aquí tienes la respuesta:
Un trabajador que tiene una incapacidad médica temporal, es decir, una baja médica temporal, no podrá tomar posesión de su cargo hasta que no disponga del alta. Lo habitual es que el órgano responsable amplíe el plazo hasta poder realizar el toma de posesión.
Normalmente, la toma de posesión para el personal funcionario es de 15 días naturales a partir de la publicación del nombramiento, que puede extenderse al mes en caso de cambio de residencia. Como hemos visto, en caso de baja médica temporal, lo más habitual también es ampliar dicho plazo hasta tener el alta.
¿Pero qué ocurre si un trabajador tiene una baja médica permanente? La incapacidad permanente es una situación en la que el profesional ha sido inhabilitado para realizar las tareas fundamentales que implica su profesión. Por lo tanto, debido a limitaciones psíquicas o físicas, no podrá volver a ejercer de lo mismo que ejercía hasta ese momento.
Existen distintos grados de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Dependiendo del grado, hay profesionales que pueden seguir trabajando, aunque de otro modo a como lo hacían, y profesionales que no pueden volver a ejercer.
¿Te preguntas si es posible tomar posesión de una plaza de funcionario estando de baja médica permanente? Aquí tienes la respuesta:
Lo más habitual es que no se pueda tomar posesión de una plaza de funcionario si tienes una incapacidad permanente. El motivo es que, entre los requisitos para ser funcionario público, se encuentra estar en posesión de las capacidades físicas y psíquicas necesarias para desempeñar el puesto.
Sin embargo, deberemos tener en cuenta la situación particular del profesional, puesto que dependiendo del grado de discapacidad reconocido y de la compatibilidad de la misma con las funciones del puesto.
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