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Las administraciones públicas realizan diariamente concesiones de contratos del sector público. Son objeto de contratos del sector público, por ejemplo, el transporte público, los suministros de agua, el tratamiento de residuos o el mantenimiento de infraestructuras. En este sentido, es común preguntarnos hasta qué punto están protegidas las empresas y personas ante una incorrecta actuación administrativa, ¿verdad? Para ello, existen herramientas como el recurso especial en materia de contratación.
El recurso especial en materia de contratación (REMC) es una figura jurídica que permite a personas y empresas reclamar ante procesos de contratación pública que consideren injustos, incorrectos o en los que se han cometido ciertas infracciones. Así, en caso de que se vean perjudicados o puedan resultar serlo en un futuro, tienen el derecho de interponer este recurso, que pone fin a la vía administrativa.
Recuerda que el recurso especial en materia de contratación es un recurso de carácter potestativo; es decir, es opcional, no obligatorio. El interesado/a puede decidir si lo presenta o no. Si opta por no interponer este recurso, tiene la opción de acudir a la vía judicial (recurso contencioso administrativo). Es decir, no es un paso obligatorio antes de recurrir ante un tribunal.
>> Lee más sobre qué es un recurso contencioso-administrativo
Si tienes dudas sobre qué recurso cabe contra la adjudicación de un contrato público o cuándo se puede interponer un recurso especial en materia de contratación, estás en el sitio indicado. ¿Nos acompañas a conocer todos los detalles sobre el recurso especial en materia de contratación?
El recurso especial en materia de contratación está regulado en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). En concreto, en el libro primero 'Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos', en su apartado de Título I 'Disposiciones generales sobre la contratación del sector público', y en su Capítulo V 'Del recurso especial', donde se recogen los artículos del 44 al 60.
La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) se ocupa de regular y controlar todos los procedimientos de contratación de las administraciones públicas en España.
Tal y como se cita en la propia ley, se pretende "diseñar un sistema de contratación pública más eficiente, transparente e íntegro, mediante el cual se consiga un mejor cumplimiento de los objetivos públicos, tanto a través de la satisfacción de las necesidades de los órganos de contratación, como mediante una mejora de las condiciones de acceso y participación en las licitaciones públicas de los operadores económicos".
Entre los principales objetivos de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) encontramos los de:
Además, esta Ley permite incorporar al ordenamiento jurídico español "Directivas 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión, institución de larga tradición jurídica en el derecho español, y la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, dejando la transposición de la Directiva 2014/25/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales a otra ley específica".
Otra duda frecuente es la de cómo se legitima el recurso especial en materia de contratación, es decir, quién y cómo puede interponer un recurso especial en materia de contratación. El artículo 48 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) afirma lo siguiente:
"Podrá interponer el recurso especial en materia de contratación cualquier persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, de manera directa o indirecta, por las decisiones objeto del recurso".
Asimismo, explica que las organizaciones sindicales también pueden interponerlo cuando las decisiones en el procedimiento de contratación pueden llevar a la empresa adjudicataria a incumplir las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participan.
El artículo 44.2 de la LCSP estima cuáles son los actos que se pueden recurrir en el recurso especial de contratación. Y son los siguientes:
Estos serán los actos que pueden recurrirse en el recurso especial de contratación, siempre que se refieran a los siguientes tipos de contratos de la Administración Pública:
Existen varios órganos que intervienen en el recurso especial de contratación. Uno de los más importantes a mencionar es el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC). Este es el Tribunal que se ocupa de la resolución del recurso en la Administración General del Estado y, entre otros asuntos, se caracteriza por:
Además del TACRC, intervienen otros órganos en el recurso, como:
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