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Una excedencia laboral es un procedimiento al que puede recurrir cualquier trabajador cuando quiere suspender temporalmente la relación laboral con la empresa para la que trabaja con miras a reincorporarse en el futuro. Según el Estatuto de los Trabajadores, la duración de una excedencia es de mínimo cuatro meses y de máximo de 5 años.
En este artículo te explicamos cómo pedir una excedencia y las situaciones en las que deberías contemplar solicitarla en tu empresa.
Cuando pides una excedencia, estás pausando temporalmente la relación laboral con la empresa, pero sin cortar de todo el vínculo. En el ámbito público, pedirse una excedencia no tiene tantas desventajas como en una empresa privada, que resulta un poco arriesgado..
Una excedencia se suele pedir porque el trabajador tiene otra actividad prioritaria entre manos o algún problema que necesita resolver antes de volver a trabajar. Así pues, con una excedencia puedes dedicar tiempo a todo lo que te sea posible: viajes, proyectos personales, responsabilidades familiares, sin por ello perder tu puesto de trabajo.
Pedirse una excedencia puede ser una buena idea si necesitas conciliación familiar de manera puntual. Es especialmente común cuando el trabajador ha de cuidar a un familiar que está enfermo. También podría ser una opción viable si el trabajador está quemado y necesita retirarse un tiempo del trabajo para cuidar de su salud mental.
Evidentemente, el principal inconveniente de irte de excedencia es que no cobras durante todo ese tiempo. Por eso, debes recurrir a tus ahorros durante todo el tiempo que te vayas de excedencia o buscar otra fuente de financiación.
En la empresa privada, hay un elevado porcentaje de probabilidades de que pedirte una excedencia suponga perder tu puesto de empleo para siempre. La empresa estaría obligada a concederte la excedencia, pero no a guardarte el puesto de trabajo. Por tanto, es casi seguro que para cuando quieras reincorporarte ya haya alguien ocupando tu puesto. Por si cabe la duda, mientras estés de excedencia, no tienes derecho a paro.
A su vez, irse de excedencia implica poner un parón a tus andaduras profesionales durante un tiempo. Si bien esto no debería ser un problema, si se prolonga más de lo esperado (por ejemplo, porque a la hora de reincorporarte, no te dejen), puede suponer un vacío considerable en tu trayectoria profesional.
Además, ten en cuenta que si pides una excedencia, no puedes trabajar simultáneamente en otra empresa del sector, pero sí de otro sector.
Depende. Obviamente, en la función pública puedes pedir una excedencia sin preocupaciones porque siempre guardarán tu puesto de trabajo, por lo que no hay riesgo. En el caso de una empresa privada, la cosa cambia y depende de tus objetivos.
La principal diferencia entre una baja voluntaria y una excedencia es que en la baja voluntaria cortas por completo el vínculo que tienes con la empresa, mientras que con la excedencia lo sigues manteniendo.
¿Crees que te guardarán el puesto para cuando vuelvas?, ¿tienes cierto manejo dentro de la empresa?, ¿no te importa esperar más de lo esperado? En estos casos es interesante contemplar pedir una excedencia.
Sin embargo, si en el fondo lo que quieres es marcharte de la empresa y considerar otras ofertas de trabajo, puede que sea mejor renunciar directamente y ahorrarte quebraderos de cabeza. Esta decisión dependerá sobre todo si quieres cobrar el paro para subsistir mientras estés sin trabajo.
Si te das de baja voluntaria (es decir, si finalizas la relación laboral por voluntad propia), no podrás cobrar el paro. Por otra parte, estar de excedencia implica que la relación laboral sigue vigente, por lo que te denegarán el paro si lo solicitas inmediatamente después de pedir excedencia.
La casuística sobre el cobro del paro mientras se está en una situación de excedencia voluntaria es compleja y está sujeta a varios factores clave, que se pueden dividir en diferentes escenarios según la situación del trabajador.
Cuando un trabajador solicita una excedencia voluntaria en su empresa y no trabaja para ninguna otra durante ese periodo, no tiene derecho a cobrar el paro, ya que no se encuentra en una situación legal de desempleo. La excedencia es una decisión voluntaria del trabajador y, por lo tanto, no es un cese involuntario del empleo.
Si durante la excedencia voluntaria el trabajador encuentra empleo en otra empresa y posteriormente su contrato termina por causas ajenas a su voluntad (como finalización de contrato temporal, despido objetivo, etc.), podría acceder a la prestación por desempleo bajo las siguientes circunstancias:
Caso 1: La excedencia voluntaria no ha finalizado cuando se produce el cese en el nuevo trabajo
En este caso, el trabajador tendrá derecho a cobrar el paro hasta la fecha de finalización de la excedencia. Si la duración de la prestación por desempleo supera la duración de la excedencia, el cobro del paro se suspenderá cuando la excedencia termine.
En ese momento, el trabajador deberá solicitar la reincorporación a su empresa original. Si la empresa deniega la reincorporación por no tener vacante disponible o la pospone a una fecha futura, el trabajador podrá seguir cobrando el paro hasta que se produzca su reincorporación efectiva o hasta que se agote la prestación.
Caso 2: La excedencia voluntaria ya ha terminado cuando se solicita la prestación por desempleo
Si la excedencia ya ha vencido, el trabajador debe solicitar la reincorporación a la empresa antes de que se pueda resolver su solicitud de prestación por desempleo. Hasta que la empresa no responda a esa solicitud de reincorporación, el trabajador no tendrá derecho a cobrar el paro, porque no se encuentra en una situación legal de desempleo.
Si la empresa responde que no existe vacante en ese momento y no puede reincorporarlo, entonces el trabajador sí podrá empezar a cobrar la prestación por desempleo.
La respuesta de la empresa a la solicitud de reincorporación tras la excedencia es crucial y puede tener varias implicaciones para el cobro del paro:
Reincorporación: Si la empresa acepta la reincorporación, el trabajador vuelve a su puesto de trabajo y, por lo tanto, termina el cobro de la prestación por desempleo, ya que ha recuperado su empleo.
Negativa de la empresa por falta de vacante: Si la empresa comunica que no tiene una vacante libre en ese momento, el trabajador puede seguir cobrando el paro hasta que la vacante surja o hasta que se agote la prestación. El vínculo con la empresa se mantiene, pero no se interrumpe el cobro del paro.
Denegación definitiva: Si la empresa deniega el derecho preferente del trabajador a reincorporarse, esto se consideraría como un despido. En ese caso, el trabajador tendría derecho tanto a una indemnización (si impugna el despido) como a la prestación por desempleo, ya que estaría en situación legal de desempleo.
Si el trabajador, tras el vencimiento de la excedencia, no solicita su reincorporación a la empresa o deja pasar los plazos para hacerlo, esto se considerará una baja voluntaria, lo que implica la pérdida del derecho al cobro del paro. Además, en caso de que la empresa le despidiera posteriormente, tampoco tendría derecho a indemnización, ya que la baja voluntaria no genera ese derecho.
Para pedir una excedencia en tu empresa, lo primero que debes hacer es comunicar tu intención de manera formal, a través de una carta o correo dirigido al departamento de recursos humanos o a tu superior directo.
En esa comunicación es importante que indiques claramente que solicitas una excedencia voluntaria, especificando el motivo (aunque no es siempre obligatorio justificarlo) y el periodo durante el cual deseas estar ausente.
Generalmente, es aconsejable presentar esta solicitud con suficiente antelación para que la empresa pueda organizarse, dado que la excedencia implica una interrupción temporal de la relación laboral, pero manteniendo el derecho a reincorporarte en el futuro. También es útil que conserves una copia de la solicitud con sello de recepción.
Una vez presentada la solicitud, la empresa debe responderte confirmando si acepta la excedencia y las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo. Dependiendo del tipo de excedencia y del convenio colectivo aplicable, los plazos y requisitos variarán.
Si la excedencia es voluntaria, la empresa no está obligada a concederla de inmediato, pero sí a respetar tu derecho a solicitarla siempre que cumplas con los tiempos de permanencia en la empresa. Tras recibir la confirmación de la empresa, el trabajador puede ausentarse por el tiempo acordado, sabiendo que deberá solicitar su reincorporación una vez finalice el periodo de excedencia.
No, si solicitas una excedencia voluntaria no tienes derecho ni a finiquito ni a indemnización, ya que la relación laboral no se termina, sino que se suspende temporalmente. El finiquito se entrega cuando el contrato se extingue, y en el caso de la excedencia, el vínculo laboral con la empresa se mantiene, aunque no estés trabajando activamente.
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