Ángel Luis Martínez Sanchez

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DOCENTE DE LA FACULTAD DE BUSINESS MANAGEMENT


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Mi nombre es Ángel Luis Martínez, licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales. Mi pasión por la docencia me ha llenado de satisfacción durante muchos años. Desde el año 2023 soy Faculty Leader Business Management en Educa EdTech Group, actividad que combino con la docencia. 


En mi labor de Faculty tengo la responsabilidad de que mi equipo trabaje con ganas, con ilusión y cumpla los objetivos que nos hemos marcado todos juntos.  Como docente, que nuestros alumnos aprovechen al máximo su formación dándoles un trato profesional, personal y cercano.

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Diplomatura en Ciencias Empresariales Licenciatura en Ciencias Económicas

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  • En la actualidad Faculty Leader Business Management en Educa EdTech Group
  • Profesor titular en Instituto Europeo de Asesoría Fiscal (INEAF) De 1998 a 2015
  • Profesor Titular en Centro de Estudios Fiscales (CEF) De 1993 a 1996
  • Caja de Ahorros de Granada en el departamento financiero.

Artículos publicados

Pasos para el cierre contable

Pasos para el cierre contable

Pasos para el cierre contable Cualquier persona que lleva la contabilidad de una empresa sabe que el cierre contable le va a suponer más de un dolor de cabeza. El 31 de diciembre pasa de ser una de las fechas más esperadas a convertirse en una de las más estresantes para el contable, donde debe demostrar toda su experiencia. Es por eso que es importante, para evitar problemas y no sufrir demasiado en estas fechas, tener claros cuáles son los pasos que se deben dar en el cierre contable. Aunque esto va a depender del tipo de empresa y de las herramientas informáticas de las que dispongamos, vamos a tratar nosotros de resumir algunos pasos que pueden ayudarnos a cerrar sin problemas. ¿Qué es el cierre contable? El cierre contable es el momento donde el contable se puede “lucir” aplicando todos sus conocimientos. Si bien es cierto que la llevanza diaria de la contabilidad llega a ser algo monótono y mecanizado, en el cierre el contable debe aplicar todos sus recursos para poner un broche perfecto a su trabajo. El cierre contable es relevante, pues su repercusión no es solo contable, sino también fiscal y financiera para la sociedad. El cierre es un proceso por el cual se determina el resultado del ejercicio y se cierran todas las cuentas de un periodo económico. Es el paso previo necesario para poder elaborar las cuentas anuales. ¿Cuándo se realiza el cierre contable? Es cierto que el cierre se debe referir a una fecha que será, en la mayoría de los casos, el 31 de diciembre. Sin embargo, contablemente tenemos un margen grande para hacerlo, ya que nuestra primera obligación no la vamos a tener hasta el mes de abril, en el que tengamos que legalizar nuestros libros en el Registro Mercantil. Esto nos da un margen de tres meses para dejarlo todo bien cuadrado. El paso a paso para el cierre contable El punto de partida para hacer el cierre es imprimir un balance de sumas y saldos de la sociedad con fecha 31 de diciembre antes de su regularización.  A partir de aquí podemos hacer los siguientes pasos Paso 1: Comprobar que la contabilidad está cuadrada Aunque el software que hemos utilizado seguramente no me deja descuadrar en el libro diario, es conveniente hacer un repaso y comprobarlo, pues puede haber errores. Al mismo tiempo que revisamos lo anterior nos vamos a encontrar con algunas cuentas cuyos saldos no tienen sentido. Nos referimos a cuentas de proveedores muy antiguas y que deberían estar saldadas, o cuentas de clientes con saldo acreedor, por ejemplo. Debemos realizar en este momento una regularización contable de saldos antiguos para no seguir arrastrándolos indebidamente Paso 2: Conciliación bancaria y revisión de cuentas de tesorería Debemos conciliar nuestros registros contables de la cuenta de banco con los movimientos reales de la cuenta bancaria. El objetivo es descubrir posibles errores contables en estas cuentas. También vigilaremos si tenemos descubiertos para tratarlos como préstamos, realizaremos el arqueo de caja y verificaremos las operaciones en moneda extranjera. Paso 3: Ajustes de las cuentas de almacén Al cierre contable del ejercicio hay que hacer un inventario físico (recuento) de las existencias que tenemos y hacer el correspondiente asiento de regularización de existencias, el cual originará una pérdida o un beneficio. Paso 4: Amortizaciones Debemos efectuar las amortizaciones del inmovilizado material y del intangible. Recordemos que la amortización se considera una pérdida de carácter irreversible y que se debe dotar todos los años. Revisar si es preciso ejecutar un cambio en las cuotas de amortización de algún inmovilizado si se han cambiado las estimaciones contables. Paso 5: Correcciones valorativas o deterioros de valor Debemos vigilar aquellos activos susceptibles de perder valor al cierre del ejercicio con carácter reversible. Nos podemos encontrar deterioros de valor: De las existencias del almacén De los elementos de inmovilizado De clientes que se estima no se van a cobrar De activos financieros en los que hemos invertido Al cierre del ejercicio debemos hacer un “test del deterioro” comparando el valor contable del con el importe recuperable del mismo. Normalmente, este es el valor razonable menos costes de venta. Si el valor contable es menor, no hacemos nada. Si, por el contrario, el valor contable es mayor, debemos dotar la corrección valorativa por la diferencia. Paso 6: Ajustes por periodificación. Aplicación del principio del devengo El Principio del Devengo establece que los gastos y los ingresos se deberán imputar en el ejercicio al que afecten,  con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.” La revisión consiste, por un lado, en ajustar aquellos gastos e ingresos que ya están contabilizados, pero parte de ellos corresponden a ejercicios siguientes. Por otro lado, también debemos imputar aquellos gastos e ingresos que no están contabilizados y ya pertenecen en parte a este ejercicio que estamos cerrando. Paso 7: Imputación de subvenciones Si tenemos subvenciones anotadas en el Patrimonio neto, al cierre del ejercicio debemos llevar la parte que corresponda a resultado del ejercicio. Paso 8: Vigilar los activos y pasivos financieros Debemos imputar los intereses que se hayan devengado a la fecha del cierre del ejercicio. También haremos el test del deterioro para comprobar su posible pérdida comparando el valor contable son el razonable Paso 8: Operaciones con arrendamientos Si en nuestra contabilidad tenemos bienes adquiridos por arrendamiento financiero, al cierre del ejercicio debemos hacer las siguientes operaciones: Posiblemente, pagar la cuota correspondiente al mes de diciembre Amortizar el bien objeto de arrendamiento atendiendo la vida útil del mismo y no al periodo de arrendamiento. Cambiar plazos de las cuentas de acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, hacia el corto plazo. Paso 9: Provisiones Si a lo largo del año, o en ejercicios anteriores hubiéramos dotado provisiones para cubrir ciertas obligaciones, en el momento del cierre contable debemos realizar dos operaciones: ajustar el importe de la provisión como gasto financiero y, en su caso, proceder a la reclasificación del plazo de la misma, Paso 10: Reclasificación de plazos Aquellas cuentas de créditos o débitos que tengamos contabilizadas a largo plazo al final del ejercicio y que se vayan a pagar o cobrar en parte el año que viene se deberán pasar al corto plazo. Estos son solo los 10 pasos más habituales que se pueden hacer en el cierre. Como comentábamos, dependiendo del tipo de actividad, de sociedad y de software con el que trabajamos pueden ser más los que necesitemos. Una vez hechos todos estos paso, es el momento de “dar al botón del cierre” del ejercicio para que nuestro programa informático calcule el resultado y cierre todas las cuentas del periodo. 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Estado de información no financiera: qué es y cómo se regula

Estado de información no financiera: qué es y cómo se regula

El Estado de Información no Financiera (EINF) es uno de los documentos mercantiles que está adquiriendo más importancia en los últimos años.  La sociedad está cambiando en materia de derechos humanos, cuestiones medioambientales, lucha contra la corrupción o de igualdad y se exige un cambio de conciencia social incluso a las empresas. La aportación que se les pide de carácter documental es la elaboración del EINF junto al resto de estados financieros. El EINF proporciona detalles sobre el desempeño de una empresa en aspectos relacionados con el medio ambiente, el personal, los derechos humanos, la lucha contra la corrupción y otros temas sociales. Como vemos, este tipo de informe va más allá de los datos financieros tradicionales para ofrecer una visión integral del impacto de la empresa en la sociedad y el medio ambiente en el que opera. ¿Qué es el Estado de Información no Financiera? El Estado de Información no Financiera (EINF) es un documento que complementa los estados financieros tradicionales de una empresa, proporcionando información detallada sobre su desempeño en áreas no financieras relevantes para sus actividades y su impacto en la sociedad. Este informe busca mejorar la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones, mostrando cómo gestionan y abordan cuestiones sociales, ambientales y de gobernanza (ESG). ¿Dónde viene regulado el Estado de Información no Financiera? La regulación del EINF viene en la Ley 11/2018 de 28 de diciembre. La ley lleva a cabo una modificación de tres leyes: El Código de Comercio El texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, (en adelante “TRLSC”) y La Ley 22/2015, de 22 de julio, de Auditoría de Cuentas. Toda esta reforma viene motivada por la intención de mejorar la transparencia de las empresas y su sostenibilidad a largo plazo. Con esta nueva información no financieras se pretende aumentar la confianza de los consumidores, de los inversores y, en general de la sociedad. ¿Quién debe presentar el Estado de Información no Financiera? No todas las sociedades tienen la obligación de presentar el EINF pues depende de varios requisitos. El primer requisito se mide en número de trabajadores. Cuando entró la ley en el año 2018 el requisito eran empresa que tuvieran una plantilla media superior a los 500 trabajadores. A partir del año 2021 y tal como se prevé en la propia ley este limita baja a una plantilla media de 250 empleados. El segundo requisito es si la sociedad tiene la consideración de interés público.  Si lo tiene, estará obligada a presentar el EINF. Si no lo tiene lo estará si durante dos ejercicios consecutivos reúne las circunstancias siguientes: Activos superiores a 20 millones de euros. Cifra anual de negocios superior a 40 millones de euros. El incumplimiento de esta obligación está regulado en la ley de sociedades de capital, en el artículo 283 y establece multas de 1.200 a 60.000 Euros y de 300.000 Euros, para sociedades cuyo importe anual de negocio sea superior a 6 millones de Euros. Además, los administradores, al tener esta obligación, también responderán de su incumplimiento frente a terceros, frente a los socios, la sociedad y frente a acreedores. ¿Qué incluye el Estado de Información no Financiera? El contenido del EINF puede variar según la empresa y el marco regulatorio aplicable, pero se puede generalizar admitiendo que deberá incluir información sobre: Aspectos Ambientales: Impacto ambiental de las operaciones, uso de recursos naturales, gestión de residuos, emisiones de gases de efecto invernadero, etc. Aspectos Sociales y Laborales: Políticas de empleo, condiciones laborales, derechos humanos, relaciones con la comunidad, diversidad e igualdad de género, salud y seguridad ocupacional, etc. Aspectos Relacionados con la Lucha Contra la Corrupción y el Soborno: Políticas y prácticas anticorrupción, transparencia en las transacciones financieras, etc. Gobernanza Corporativa: Estructura de gobierno, prácticas de gobierno corporativo, ética empresarial, etc. ¿Cómo se presenta el Estado de Información no Financiera? El EINF suele presentarse como parte del informe anual de la empresa y se publica junto con los estados financieros. Puede presentarse como un documento administrativo separado o como una sección dentro del informe de gestión, dependiendo de las normativas locales y de la preferencia de la empresa. Es común que este informe incluya datos cuantitativos y cualitativos, así como objetivos a corto y largo plazo relacionados con los temas ESG. En resumen, el Estado de Información no Financiera es un instrumento clave para que las empresas demuestren su compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad social corporativa, proporcionando una visión global de su desempeño más allá de los resultados financieros. Pero las empresas deben entender que su compromiso debe ir más allá de un mero cumplimiento normativo. La transparencia supone el compromiso de las empresas de añadir a su modelo de negocio, una cultura, unas políticas y herramientas de responsabilidad social. Las empresas de esta manera se responsabilizan de las consecuencias y posibles impactos que puedan derivarse de sus acciones. Las sociedades que asuman este compromiso en valores y que realicen de manera correcta su informe, además de cumplir con la ley, gozarán de una mejor situación competitiva frente al resto. Quizá te interesa leer sobre... ¿Qué es la rendición de cuentas? Titulaciones que te pueden interesar CURSO DE NÓMINAS Y SEGURIDAD SOCIAL: Curso en Contratación Nóminas y Seguridad Social (+ 8 CRÉDITOS ECTS) Curso en Desarrollo Empresarial Sostenible (Titulación Universitaria + 8 Créditos ECTS) ...

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Liquidación concursal

Liquidación concursal: ¿qué es y cómo se regula?

MASTER EN ADMINISTRACIÓN CONCURSAL ¿Quieres conocer qué es la liquidación concursal? ¿Te animas a descubrir por qué muchas personas la confunden con el concurso de acreedores? Si te interesa el sector del Derecho concursal, esto es para ti. A continuación, te hablaremos de la importancia de conocer, en detalle, cómo funciona la liquidación concursal para empresas, pero también te informaremos sobre nuestras formaciones relacionadas con el derecho concurso, como este Master en Administración concursal. ¡Vamos! Liquidación concursal: ¿qué es y cómo se regula? La liquidación concursal es una fase del concurso de acreedores cuyo objetivo es transformar los bienes y derechos de la sociedad en dinero. Se puede definir la liquidación concursal como el proceso jurídico y contable que pretende transformar los bienes de la sociedad en dinero con el que pagar a los acreedores de la sociedad de acuerdo a su clasificación en el concurso de acreedores. El orden de pago de las deudas lo va a establecer el administrador concursal, dividiéndolas en créditos privilegiados, ordinarios y subordinados. Aunque el principal objetivo con la liquidación es pagar a los acreedores, también se presta protección a los puestos laborales de la sociedad que se liquida. ¿Dónde está regulada la liquidación concursal?  La liquidación de la masa activa viene regulada en el Título VIII del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. El plan de liquidación es elaborado por el administrador concursal, quien lo presentará al juez. Para ello cuenta con quince días contados desde la notificación de la resolución de apertura de la fase de liquidación. Como veremos en el último punto, el administrador concursal presentará la liquidación concursal mediante un “plan” de acuerdo con los intereses del concurso. Irá encaminado a satisfacer de la mejor manera posible a los acreedores. ¿Quién puede solicitar la liquidación concursal? La apertura de la fase de liquidación concursal puede ser solicitada por diferentes actores. Comentamos quienes: El deudor. Puede realizar la solicitud en cualquier momento. Su solicitud deberá ser aprobada por el juez mediante auto. El concursado. Podrá solicitar la liquidación en el momento en que conozca la imposibilidad de poder atender a los pagos acordados en el convenio. También deberá resolverla el juez mediante auto. El administrador concursal. Podrá solicitar la fase de liquidación si se da el caso de cese de la actividad empresarial, total o parcial. Deberá dictar un auto el juez. El juez. Podrá abrir de oficio la fase de liquidación en los siguientes casos: Si no se ha presentado, dentro del plazo legal, la propuesta de convenio o no se han admitido a trámite las que se han presentado. Si no se ha aceptado ninguna propuesta de convenio en la junta de acreedores o en la tramitación escrita. Si se ha rechazado por resolución judicial el convenio aceptado por la junta de acreedores o el tramitado por escrito. Si se declara por resolución judicial firme la nulidad del convenio aprobado por el juez o el incumplimiento de dicho convenio. Efectos de la liquidación concursal La liquidación concursal produce efectos cuyo objetivo es preparar a la empresa concursada para realizar la enajenación de sus bienes y el cobro de las deudas. Entre los efectos, comentamos los siguientes: Nombramiento de un nuevo administrador concursal o reposición del existente por parte del juez. Se produce la suspensión de facultades de administración y disposición de sus bienes por parte del concursado. Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y se convierte en dinero el resto de prestaciones. El plan de liquidación La liquidación concursal se deberá realizar formalmente en un documento denominado plan de liquidación que viene regulado en el artículo 707 de la ley concursal. Este documento lo elabora el administrador concursal y lo presenta ante el juez para su aprobación. Este plan se orienta en la enajenación, si es posible unitaria, del establecimiento, explotaciones y otras unidades productivas de la masa activa de la empresa. Una vez que el plan de liquidación se ha presentado al juez concursal, podrán formular propuestas de modificación del mismo y observaciones tanto los representantes de los trabajadores como los acreedores en un plazo de 15 días. Transcurrido este plazo, el juez aprobará el plan de liquidación con un auto si hubiera modificaciones que haya considerado oportunas. Una vez aprobado, el administrador concursal comenzará a realizar las acciones oportunas con el objetivo de vender los activos de la empresa atendiendo al plan formulado. Deberá presentar también de manera trimestral informes ante el juez para que este pueda llevar un control de cómo va el proceso. Teniendo en cuenta que la fase de liquidación puede durar meses o incluso en algunos casos años, se permite la modificación del plan. La modificación la podrá solicitar el administrador concursal y deberá aprobarla el juez siempre que estén debidamente justificadas. La liquidación concursal, en definitiva, va a su poner la venta de los bienes de la sociedad y el cobro de los derechos que conforman su masa activa para convertirlos en dinero. Este efectivo servirá para pagar a los acreedores de la empresa en el orden debidamente establecido. Todo este procedimiento se deberá realizar con la ayuda de un asesor empresarial con la formación en Derecho Concursal capaz de garantizar el buen fin de la operación. Puede que te interese leer sobre: ¿En qué consiste el Derecho concursal? 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