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¿Quieres conocer qué es la liquidación concursal? ¿Te animas a descubrir por qué muchas personas la confunden con el concurso de acreedores? Si te interesa el sector del Derecho concursal, esto es para ti. A continuación, te hablaremos de la importancia de conocer, en detalle, cómo funciona la liquidación concursal para empresas, pero también te informaremos sobre nuestras formaciones relacionadas con el derecho concurso, como este Master en Administración concursal. ¡Vamos!
La liquidación concursal es una fase del concurso de acreedores cuyo objetivo es transformar los bienes y derechos de la sociedad en dinero. Se puede definir la liquidación concursal como el proceso jurídico y contable que pretende transformar los bienes de la sociedad en dinero con el que pagar a los acreedores de la sociedad de acuerdo a su clasificación en el concurso de acreedores.
El orden de pago de las deudas lo va a establecer el administrador concursal, dividiéndolas en créditos privilegiados, ordinarios y subordinados. Aunque el principal objetivo con la liquidación es pagar a los acreedores, también se presta protección a los puestos laborales de la sociedad que se liquida.
La liquidación de la masa activa viene regulada en el Título VIII del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
El plan de liquidación es elaborado por el administrador concursal, quien lo presentará al juez. Para ello cuenta con quince días contados desde la notificación de la resolución de apertura de la fase de liquidación.
Como veremos en el último punto, el administrador concursal presentará la liquidación concursal mediante un “plan” de acuerdo con los intereses del concurso. Irá encaminado a satisfacer de la mejor manera posible a los acreedores.
La apertura de la fase de liquidación concursal puede ser solicitada por diferentes actores. Comentamos quienes:
La liquidación concursal produce efectos cuyo objetivo es preparar a la empresa concursada para realizar la enajenación de sus bienes y el cobro de las deudas.
Entre los efectos, comentamos los siguientes:
La liquidación concursal se deberá realizar formalmente en un documento denominado plan de liquidación que viene regulado en el artículo 707 de la ley concursal. Este documento lo elabora el administrador concursal y lo presenta ante el juez para su aprobación. Este plan se orienta en la enajenación, si es posible unitaria, del establecimiento, explotaciones y otras unidades productivas de la masa activa de la empresa.
Una vez que el plan de liquidación se ha presentado al juez concursal, podrán formular propuestas de modificación del mismo y observaciones tanto los representantes de los trabajadores como los acreedores en un plazo de 15 días. Transcurrido este plazo, el juez aprobará el plan de liquidación con un auto si hubiera modificaciones que haya considerado oportunas.
Una vez aprobado, el administrador concursal comenzará a realizar las acciones oportunas con el objetivo de vender los activos de la empresa atendiendo al plan formulado. Deberá presentar también de manera trimestral informes ante el juez para que este pueda llevar un control de cómo va el proceso. Teniendo en cuenta que la fase de liquidación puede durar meses o incluso en algunos casos años, se permite la modificación del plan. La modificación la podrá solicitar el administrador concursal y deberá aprobarla el juez siempre que estén debidamente justificadas.
La liquidación concursal, en definitiva, va a su poner la venta de los bienes de la sociedad y el cobro de los derechos que conforman su masa activa para convertirlos en dinero. Este efectivo servirá para pagar a los acreedores de la empresa en el orden debidamente establecido. Todo este procedimiento se deberá realizar con la ayuda de un asesor empresarial con la formación en Derecho Concursal capaz de garantizar el buen fin de la operación.
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