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Los Incoterms son reglas internacionales definidas por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) que establecen las responsabilidades de compradores y vendedores en operaciones de comercio internacional.
Estas reglas delimitan aspectos clave como la entrega de mercancías, la transferencia de riesgos, los costos de transporte y la gestión de trámites aduaneros.
El Incoterm CFR (Cost and Freight), que se traduce como "Costo y Flete" es uno de los más utilizados.
Bajo este término, el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque y debe contratar y pagar los costos y el flete hasta el puerto de destino designado. Esto incluye el flete marítimo y cualquier gasto relacionado con la carga en el puerto de embarque.
Sin embargo, la transferencia del riesgo ocurre en el momento en que la mercancía se carga a bordo del buque en el puerto de origen. En otras palabras, aunque el vendedor paga el transporte, cualquier daño o pérdida que ocurra durante el trayecto marítimo será responsabilidad del comprador.
El Incoterm CFR define con claridad las responsabilidades de las partes involucradas, sin embargo, es esencial comprender su alcance y las diferencias con otros Incoterms para garantizar una operación comercial sin contratiempos.
Veamos un ejemplo:
Una empresa española dedicada a la fabricación y comercialización de maquinaria pesada para el sector de la construcción y ha recibido un pedido de una constructora mexicana. Las dos empresas han acordado utilizar el incoterm CFR y así lo han reflejado en el contrato de compraventa.
Las obligaciones de la empresa española son:
La empresa mexicana deberá:
Es importante recalcar que este incoterm es exclusivo para mercancías que se desplazan por vía marítima. De hecho, debemos mencionar que los Incoterms se dividen en dos categorías: los que pueden aplicarse a cualquier tipo de transporte (marítimo, aéreo, terrestre o multimodal) y los exclusivos para transporte marítimo y fluvial.
Dentro de esta última categoría, además del CFR, se incluyen el incoterm FAS (Free Alongside Ship), FOB (Free on Board) y CIF (Cost, Insurance and Freight).
La principal diferencia entre estos dos grupos radica en el tipo de transporte al que están destinados:
Incoterms generales: Estos términos, como EXW, FCA, CPT y DDP, son más flexibles y pueden utilizarse para cualquier modalidad de transporte, ya sea terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo. Por ejemplo, el Incoterm FCA permite definir entregas en cualquier punto acordado, ya sea un puerto, un almacén o un terminal aéreo.
Incoterms exclusivos de mar: Estos están diseñados específicamente para operaciones que implican el uso de buques. Tienen en cuenta aspectos específicos del comercio marítimo, como la carga y descarga de mercancías en puertos. Además, establecen la transferencia del riesgo en puntos clave, como el momento en que la mercancía se carga a bordo del buque.
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