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El contrato de trabajo especial emergente es un contrato individual de trabajo que se celebra por un año y puede ser renovado por una sola vez por el mismo plazo. Se caracteriza por tener una jornada laboral flexible, de entre 20 y 40 horas semanales, que se puede distribuir en un máximo de seis días sin superar las ocho horas diarias.
Este contrato se puede terminar unilateralmente por cualquiera de las partes involucradas en las relaciones laborales, sin que se deban pagar indemnizaciones por despido o por falta de desahucio. Este contrato se creó con la finalidad de facilitar la contratación y la reactivación económica, ante la crisis sanitaria derivada del COVID-19.
El contrato de trabajo especial emergente se creó mediante la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19, publicada en el Registro Oficial, Suplemento 229, de fecha 22 de junio de 2020.
Esta ley estableció medidas para afrontar las consecuencias económicas, sociales y laborales de la pandemia, entre las cuales se incluyó la creación de esta nueva modalidad de contrato laboral.
El contrato de trabajo especial emergente se regula por la mencionada ley y su reglamento, y no por el Código del Trabajo, que rige para los demás tipos de contratos laborales.
El contrato de trabajo especial emergente tiene algunas características que lo diferencian de otros tipos de contratos laborales existentes en Ecuador, tales como:
El contrato especial emergente en Ecuador se podrá utilizar hasta el 31 de diciembre de 2024, según lo establece el artículo 19 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19.
Este plazo se fijó con la finalidad de dar un margen de tiempo suficiente para que las empresas y los trabajadores se adapten a la nueva realidad económica y social generada por la pandemia.
Sin embargo, el Ministerio de Trabajo podrá prorrogar este plazo por un año más, previa evaluación de las condiciones del mercado laboral.
El contrato de trabajo especial emergente se puede utilizar para:
Este contrato es conveniente para los empleadores, ya que les permite adaptarse a las condiciones del mercado y reducir los costes laborales. Sin embargo, también implica una menor estabilidad y seguridad para los trabajadores, que pueden ver terminada su relación laboral en cualquier momento, sin una justificación o una indemnización.
El contrato de trabajo especial emergente es una nueva modalidad de contratación laboral que se creó mediante la ley de apoyo humanitario. Tiene una duración máxima de un año, renovable por otro año más, y una jornada laboral flexible, de entre 20 y 40 horas semanales.
Se puede terminar unilateralmente por cualquiera de las partes, sin que se deban pagar indemnizaciones por despido o por falta de desahucio. La asamblea nacional creó este contrato con la finalidad de facilitar la contratación y la reactivación económica, pero también implica una menor estabilidad y seguridad para los trabajadores, lo cual representa su principal desventaja.
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