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¿En un contrato de arrendamiento quién paga el mantenimiento? Cuando se alquila una vivienda, es muy común que surjan situaciones de conflicto y tensión entre el casero y el inquilino sobre quién tiene que hacerse cargo de los costes de una reparación determinada.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) engloba todas las obligaciones en este aspecto para las dos partes, quién debe asumir unos gastos u otros, si bien no siempre queda claro cómo repartirlos.
En primer lugar, debemos tener en cuenta que cualquier problema que suceda, debe comunicarse a la propiedad del inmueble y ponerle en conocimiento del tipo de avería o incidente y el posible motivo.
El propietario siempre tiene que saber qué ha ocurrido en la casa y en muchas ocasiones, te podrá ayudar a solucionar la avería. Debido a las múltiples dudas que surgen, hoy vemos en un contrato de arrendamiento quién paga el mantenimiento, entre otros aspectos de interés.
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el inquilino puede pedir que se reparen todos aquellos elementos necesarios para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad convenidas. No obstante, hay diferentes interpretaciones sobre qué se entiende por obras o reparaciones necesarias.
Según la anterior mencionada LAU, el propietario de la vivienda se encarga de todos aquellos problemas que son necesarios para conserva la vivienda. Normalmente, esto es conocido como condiciones de habitualidad, entre las que destacan, las siguientes responsabilidades por parte del casero:
Respecto a las obligaciones del arrendatario debe abonar el precio estipulado y usar la vivienda con diligencia y su devolución una vez trascurrido el tiempo estipulado en el contrato. También deberá abstenerse de ejecutar obras sin permiso ni variar la forma.
Por otra parte, también debe comunicar al arrendador todas las novedades dañinas que se pueden producir y prestar la fianza. Se tienen en cuenta el artículo 1255 del código civil y también al artículo 6 de LAU.
Por ello, se encarga del pago de las facturas de agua y luz, así como cualquier desperfecto derivado de su mal uso de la vivienda por su parte.
Los criterios para determinar si una reparación es pequeña son los siguientes:
Lo normal, y lo más aconsejable, es ponerse en manos de un abogado en arrendamientos. En este sentido, el abogado especializado en contratos y arrendamientos se ocupará de solventar cualquier duda que te pueda surgir.
Pero, además, se encarga de la asesora jurídica, desde la elaboración de los contratos y documentos, incluyendo las estipulaciones, cláusulas y condiciones más eficaces y necesarias para proteger sus intereses, procurando de esta forma evitar las situaciones de indefensión y desequilibrio en que pueda encontrarse.
A su vez, se encarga de la internación y solvencia en operaciones como las compraventas, traspasos, cesiones, contratos de arrendamientos urbanos, rústicos, industriales y de negocios. En operaciones de préstamos, fianzas, derechos reales y de garantía y en todo aquello que pueda afectar a su persona y patrimonio.
Si el propietario tiene que realizar obras para garantizar la viabilidad de la vivienda, el inquilino deberá de aceptarlas. No obstante, se establece un plazo máximo de 20 días para realizarlas, ya que, de superar ese tiempo, el inquilino tendrá derecho a una reducción de la renta. La cuantía de esta reducción se contabilizará teniendo en cuenta la parte de la vivienda de la que el inquilino no ha podido disponer como consecuencia de esas obras de mantenimiento.
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