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Al igual que tú, tu vivienda o tu inmueble es único...a efectos registrales claro. El registro catastral es quien da esa autenticidad a la vivienda, para que de forma inequívoca se pueda identificar a través de un código. No obstante, existen muchas dudas entre las personas que carecen de experiencia en el sector inmobiliario acerca de como saber el valor catastral de un inmueble. Tranquilo/a te lo vamos a contar todo desde cero para que lo comprendas y puedas convertirte en un experto.
Son muchas las personas que están interesadas en abordar el mercado inmobiliario desde un enfoque profesional. En este sentido, la formación es clave para poder desarrollar estas competencias profesionales, y que además aglutine áreas como la gestión documental, la fiscalidad derivada de las transacciones inmobiliarias, las formas de financiación o su comercialización. Ahora con Euroinnova, puedes formarte de manera íntegra en todas estas materias a través del Master en Inmobiliaria.
El objetivo principal del valor catastral es conocer el precio de mercado de cualquier inmueble. Para ello, se acude al registro catastral del municipio donde se sitúa y que será el que establezca ese valor. No obstante, existen dos procesos administrativos que serán los que determinen el valor del piso: la ponencia de valores y la actualización del catastro. De ambos procesos dependerá el aumento o la pérdida de valor catastral de los inmuebles, aunque sin superar nunca el valor de mercado.
Los criterios que establecen el valor catastral de la vivienda son de diversa índole. Es, por ello, que muchas personas no tenga conocimiento de la mayoría de ellos, ya que, aparecen recogidos en las ordenanzas municipales. Entre ellos destacan los siguientes:
Además de como saber el valor catastral de un inmueble, es también necesario responderse a la pregunta sobre cuál es el objetivo del valor catastral. Pues bien, el valor catastral determina el poder adquisitivo de sus titulares. En otras palabras, a la hora de calcular determinados impuestos, el valor catastral servirá de base de cálculo a la hora de grabar tributos como el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles), el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
También es determinante a la hora de adquirir un inmueble, ya que, el precio de la venta puede incrementarse considerablemente como consecuencia del abono de estos impuestos, pudiendo alcanzar un 7 % por encima del precio. Esto se debe a que a efectos fiscales, el índice de referencia a la hora de obligar al pago de los tributos es el precio catastral, no el de venta.
Más allá de los aspectos tributarios el valor catastral ha tenido una labor de protección de este mercado. La autenticidad que se dan a los inmuebles ha conseguido que se eviten las transacciones sobre inmuebles fantasmas o la concesión de ayudas o subvenciones a quienes no cumplían con los requisitos legales que las otorgaban.
Aunque no sepas como gestionar una inmobiliaria sí que puedes conseguir el valor catastral de un inmueble de una forma sencilla y ágil. ¿Sabías que tienes muchas vías para conseguirlo? Te queremos facilitarte la labor y te indicamos la documentación donde este aparece:
Llegados a este punto, sabemos que la base imponible del IBI es la que aparece recogida en el Catastro, lo que puede ocasionar, una diferencia entre este valor que se tiene en cuenta a efectos fiscales y el valor real del inmueble. Esta circunstancia es más que habitual, ya que, pueden pasar décadas sin que varíe el valor catastral. Para salvaguardar este desfase, es necesario dotar de realidad jurídica al valor catastral en base a las características del inmueble y el valor de mercado. La actualización, por lo tanto, del valor catastral requiere de aplicar un coeficiente, que vendrá establecido por los presupuestos generales del estado.
En los casos en los que el titular considere que el valor catastral no se ajusta al valor real de la vivienda, existe la posibilidad de reclamarlo conforme a lo que se considera es el valor real. Para ello, será necesario contratar a un arquitecto o arquitecta que se encargue de dar un valor real a la vivienda. Si una vez finalizado el valor no corresponde con el catastral, se podrá realizar una reclamación al catastro instándole a que realice la correspondiente rectificación.
No obstante, se resuelva o no a nuestro favor, la discrepancia con el valor catastral no exime del pago de los correspondientes impuestos a los que está sujeto el inmueble. Tan sólo de esta forma, se podrá reclamar y plantear los correspondientes recursos, con independencia del derecho a devolución en el caso de que se resuelva conforme a nuestros intereses.
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