La declaración de la Renta en Andalucía contiene la posibilidad de completar una serie de deducciones autonómicas. ¿Y esto qué supone? Básicamente, conseguir que la declaración de la Renta devenga en un resultado negativo, lo que supondría que la Agencia Tributaria te devolviese dinero.
![Deducciones Renta 2024 Andalucía]()
A la hora de completar una tributación individual, debemos detenernos en estas deducciones autonómicas como, por ejemplo, las deducciones de alquiler en Andalucía para la Renta 2024. A continuación, te queremos presentar un pequeño resumen de este tipo de situaciones.
¿Estás preparado? ¡Comenzamos!
¿Qué puedo deducir en Andalucía?
En Andalucía, puedes obtener deducciones en tu declaración de la Renta, por circunstancias personales y familiares, por tu situación relativa a la vivienda habitual, por donativos y donaciones y por otras cuestiones. Vamos a verlas en profundidad.
Por circunstancias personales y familiares
Por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores
Beneficio fiscal por el nacimiento, adopción o acogimiento de menores en función del número de hijos.
- Importe: 200 € por el primer hijo, 300 € por el segundo y 400 € por el tercero o sucesivos.
- Requisitos: La base imponible no debe superar los 25.000 € en tributación individual o 30.000 € en conjunta.
Por adopción de hijos en el ámbito internacional
Deducción específica por los gastos derivados de la adopción internacional.
- Importe: 600 € por cada hijo adoptado internacionalmente.
- Requisitos: La adopción debe estar legalmente acreditada.
Por familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años
Deducción destinada a familias monoparentales y aquellas que conviven con ascendientes de edad avanzada o con discapacidad.
- 100 € si eres familia monoparental con al menos dos hijos.
- 100 € adicionales por cada ascendiente mayor de 75 años (o mayor de 65 años con discapacidad reconocida del 33%).
Por contribuyente con discapacidad
Apoyo económico para personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
- 100 € si el grado de discapacidad es igual o superior al 33%.
- 200 € si la discapacidad es igual o superior al 65%.
Por discapacidad del cónyuge o pareja de hecho
Deducción adicional para contribuyentes cuyo cónyuge o pareja de hecho tenga reconocida una discapacidad.
- 100 € si el grado de discapacidad es igual o superior al 33%.
- 200 € si es igual o superior al 65%.
Por asistencia a personas con discapacidad
Deducción por los gastos relacionados con la asistencia, cuidado o atención a personas con discapacidad.
- Importe: 15% de los gastos satisfechos, hasta un máximo de 500 €.
- Requisitos: Los gastos deben estar vinculados al cuidado o asistencia de personas con discapacidad.
Por ayuda doméstica
Incentivo fiscal para las familias que contraten a empleados del hogar cumpliendo las obligaciones legales.
- Importe: Hasta 250 €.
- Requisitos: Contratar legalmente a un empleado del hogar e inscribirlo en la Seguridad Social.
Por familia numerosa
Beneficio fiscal para titulares de familias numerosas, con importes que varían según la categoría general o especial.
- 200 € para familias numerosas de categoría general.
- 400 € para familias numerosas de categoría especial.
Relativa a la vivienda habitual
Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes
Deducción aplicable a jóvenes o a la adquisición de vivienda protegida destinada a residencia habitual.
- Importe: 2% de las cantidades invertidas en la compra de vivienda habitual, con un límite de 9.040 €.
- Requisitos: La vivienda debe tener la calificación de protegida o ser adquirida por menores de 35 años.
Por alquiler de vivienda habitual
Deducción del porcentaje de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, especialmente para jóvenes o colectivos con ciertos límites de renta.
- Importe: 15% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 600 €.
- Requisitos:
- Tener menos de 35 años.
- La base imponible no debe superar 19.000 € (individual) o 24.000 € (conjunta).
Por donativos y donaciones
Por donativos con finalidad ecológica
Incentivo fiscal por las donaciones destinadas a la protección del medioambiente o la conservación del entorno.
- Importe: 15% de las cantidades donadas, con un límite de 150 €.
- Requisitos: Los donativos deben destinarse a actividades de protección ambiental.
Otros conceptos deducibles
Adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles
Deducción para quienes invierten en la creación o ampliación de capital de sociedades mercantiles en Andalucía.
- Importe: 20% de las cantidades invertidas, con un límite de 4.000 €.
- Requisitos:
- La sociedad debe estar domiciliada en Andalucía.
- No se puede superar una participación del 40% en la empresa.
Gastos de defensa jurídica de la relación laboral
Deducción por los gastos derivados de litigios relacionados con la defensa de los derechos laborales del contribuyente.
- Importe: Hasta 200 €.
- Requisitos: Los gastos deben derivarse de litigios relacionados con despidos u otros conflictos laborales.
Por gastos educativos
Apoyo fiscal por los gastos en educación obligatoria, incluyendo material escolar, transporte o uniformes de los hijos.
- Importe: 15% de los gastos en educación obligatoria, con un máximo de 150 € por hijo.
- Requisitos:
- Gastos en libros de texto, material escolar, transporte o uniformes.
- La base imponible no debe superar 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta).
Puede que te interese leer sobre: