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¿Sabes qué es y para qué sirve el Modelo 190? ¿Te gustaría conocer cuáles son todas las Claves del modelo 190? Si te interesa el sector de las finanzas y la tributación, ¡esto te interesa! A continuación, te hablaremos de la importancia de conocer, en detalle, cuáles son las principales claves del modelo 190, pero también te informaremos sobre cursos online de IRPF y otros impuestos, perfectos para tu futuro profesional. ¡Vamos!
¿Qué es el modelo 190? ¡Conoce las Claves del modelo 190!
El modelo 190 se utiliza en España para informar a la Agencia Tributaria sobre las retenciones y los ingresos a cuenta del IRPF que han sido realizadas por la empresa o entidad a sus trabajadores y profesionales durante el año fiscal.
Este modelo deben presentarlo las empresas que han realizado pagos a sus trabajadores o profesionales, son aquellas empresas que también están obligadas a presentar su equivalente trimestral, el modelo 111; donde también se declaran los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, así como de premios, ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
El modelo 190 se presenta de forma anual del 1 al 31 de enero, del año posterior al correspondiente ejercicio fiscal; y la forma de presentación es únicamente telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
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¿Cómo se cumplimenta el modelo 190?
En este modelo se deben de declarar todos los datos de la empresa y del trabajador o perceptor de los ingresos, así como los importes retenidos o ingresados a cuenta. Además, es importante que la empresa entregue a cada perceptor el correspondiente certificado de retenciones (modelo 180) antes del 31 de enero.
En primer lugar, se rellenan los datos del declarante, se identifica el ejercicio (año) al que corresponde la declaración del Modelo 190, los datos de una persona de contacto por si faltaran datos, se identifica cada perceptor, nombre, apellidos, NIF (Número de Identificación Fiscal), ETC.
A continuación, aparecen una serie de casillas o claves, en este punto hay que poner especial atención a la hora de colocar la clave alfabética que corresponda a la percepción de que se trate. Además, se deben de rellenar las subclaves, estas son en función del tipo de rendimiento. Cada clave tiene especificaciones, por eso en la subclave es necesario marcar si se trata de una u otra.
Claves y subclaves
¿Nos acompañas a conocer todas las Claves del modelo 190? ¡Empezamos!
Claves de la A a la E
- Clave A: rendimiento del trabajo por cuenta ajena.
- Clave B: rendimientos del trabajo de pensionistas y perceptores de haberes pasivos y demás prestaciones previstas en el artículo 17.2) de la ley del impuesto.
- Subclave 01: prestaciones de la Seguridad Social y percepciones abonadas directamente al trabajador por los regímenes públicos o mutuas de accidentes.
- Subclave 02: prestaciones según el artículo 89.A del Reglamento del Impuesto
- Subclave 03: otros.
- Clave C: prestaciones o subsidios por desempleo.
- Clave D: capitalización del paro.
- Clave E: retribuciones a consejeros y administradores.
- Subclave 01: cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajador «asimilado» a trabajadores por cuenta ajena, y los rendimientos percibidos no deban reflejarse en la subclave 02.
- Subclave 02: cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajador «asimilado» a trabajadores por cuenta ajena, y los rendimientos procedan de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de los rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
- Subclave 03: cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos, y los rendimientos procedan de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de los rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
- Subclave 04: se consignará esta subclave en todas las percepciones de la clave E distintas de las que deban relacionarse bajo las subclaves 01, 02 y 03.
Claves de la F a la J
- Clave F: retribuciones por realizar conferencias, seminarios, cursos y elaboración de obras científicas o literarias.
- Subclave 01: si se trata de la concesión de un premio.
- Subclave 02: resto de casos
- Clave G: rendimientos por actividades profesionales. Presta especial atención a esta clave ya que se trata de la más común.
- Subclave 01: caso general.
- Subclave 02: retribución de juegos y concursos
- Subclave 03: tipo de retención reducida del artículo 95.1 del Reglamento del Impuesto (actualmente del 7%)
- Clave H: rendimientos de actividades económicas: actividades agrícolas, ganaderas y forestales y actividades empresariales en estimación objetiva a las que se refiere el artículo 95.6.2º del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 01: tipo de retención reducida del artículo 95.4.2 del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 02: tipo de retención reducida del artículo 95.4.1 del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 03: tipo de retención reducida del artículo 95.5 del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 04: tipo de retención reducida del artículo 95.6.2. del Reglamento del Impuesto.
- Clave I: rendimientos de actividades económicas: rendimientos a que se refiere el artículo 75.2.b) del Reglamento del Impuesto. Se incluyen los rendimientos de la propiedad intelectual o industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas o del subarrendamiento de dichos bienes, así como los procedentes de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen, cuando dichos rendimientos tengan para su perceptor la calificación fiscal de rendimientos de actividades económicas distintos de los procedentes de actividades profesionales que deban incluirse en la clave G.
- Clave J: imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen: contraprestaciones a que se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto.
Clave K
- Clave K: premios y ganancias patrimoniales procedentes de los aprovechamientos forestales en montes públicos.
- Subclave 01: percepciones correspondientes a premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios.
- Subclave 02: percepciones correspondientes a ganancias patrimoniales obtenidas por los aprovechamientos forestales en montes públicos.
- Subclave 03: Percepciones que correspondan a premios por la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios, en los que no se realice un desembolso económico por su participación en ellos.
Clave L
- Clave L: rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen.
- Subclave 01: gastos de viajes.
- Subclave 02: víctima de terrorismo.
- Subclave 03: enfermo de SIDA.
- Subclave 04: lesiones de la Guerra Civil Española.
- Subclave 05: por despido.
- Subclave 06: invalidez permanente.
- Subclave 07: incapacidad.
- Subclave 08: otras pensiones.
- Subclave 09: ayudas a la dependencia a no familiares.
- Subclave 10: ciertas becas.
- Subclave 11: premios.
- Subclave 12: becas deportivas.
- Subclave 13: ciertas prestaciones del paro.
- Subclave 14: misiones de paz.
- Subclave 15: ciertos trabajos al extranjero.
- Subclave 16: gastos por entierro o sepultura.
- Subclave 17: enfermos de Hepatitis C.
- Subclave 18: ciertas discapacidades.
- Subclave 19: ayudas a la dependencia a familiares.
- Subclave 20: prestaciones por adopción.
- Subclave 21: rendimientos del trabajo del titular de un patrimonio protegido.
- Subclave 22: prestaciones económicas que las Comunidades Autonómicas establece como renta mínima de inserción.
- Subclave 23: para informar las ayudas asignadas a ciertas víctimas de delitos violentos.
- Subclave 24: se consignarán ciertas rentas en especie exentas de retención y procedentes del rendimiento del trabajo.
- Subclave 25: se consignarán los valores de la antigua “21”, valores de rentas exentas que no se pueden incluir en ninguna de las anteriores 24 subclaves. Es decir, otros.
- Subclave 26: se consignarán otros rendimientos del trabajo en especie exentos.
- Subclave 27: prestaciones públicas por maternidad o paternidad exentas del IRPF.
- Subclave 28: otras rentas exentas no incluidas en ninguna de las otras subclaves.
A continuación, hay que indicar si son percepciones dinerarias o en especie, si son dinerarias se anotará en la casilla de percepción íntegra el importe íntegro anual de estas percepciones, y en las retenciones practicadas se apuntará el importe anual retenido a cuenta del IRPF; si son percepciones en especie, debe indicar la valoración y los ingresos a cuenta efectuados y los repercutidos.
Ya solo nos quedaría la casilla de ejercicio de devengo, este campo no se debe rellenar, salvo que la percepción que se identifica pertenezca a años anteriores, en cuyo caso identificaremos el ejercicio correspondiente; y finalmente la de rentas obtenidas en Ceuta o Melilla, sí es así, se debe anotar en casos en los que el pagador hubiera determinado otro tipo de retención en rentas obtenidas con derecho a deducción. En otro caso, no se cumplimentará esta casilla.
Finalmente, nos encontramos con un apartado de Datos adicionales, que, en caso de que corresponda el declarante, deberá rellenar una información adicional y el último paso para completar el Modelo 190 consiste en indicar el total de valores a declarar.
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