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El panorama fiscal español puede hacer complicado para el no iniciado, es por eso que queremos explicarte el Impuesto de Sociedades que se erige como una pieza fundamental del entramado tributario de nuestro país.
Este artículo se sumerge en las aguas tributarias, iluminando los aspectos clave que rodean a este impuesto empresarial. Desde su estructura hasta las últimas novedades normativas, exploraremos los entresijos que las empresas deben entender para cumplir con sus obligaciones fiscales.
Descubre las tasas impositivas, las deducciones disponibles y los cambios recientes que pueden influir en las cifras de negocios de tu empresa. Prepárate para navegar con confianza esta normativa, armado con el conocimiento necesario para optimizar tu situación tributaria y garantizar el cumplimiento del Impuesto de Sociedades.
El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un impuesto o renta obtenida por aquella persona jurídica que puede ser una sociedad, asociación o fundación que resida en territorio español.
En otras palabras, podríamos decir que las empresas que se constituyen conforme a las leyes españolas o tienen su domicilio social en territorio español están obligados a pagar este tipo de impuestos. Por tanto, el IS constituye una parte de la fiscalidad de los autónomos que han creado, con el paso del tiempo, una sociedad.
Como bien mencionamos anteriormente, las entidades que se hayan constituido conforme a las leyes españolas, incluidos los fondos de pensiones, estarán obligados a presentar el Impuesto sobre Sociedades.
En el caso de ser autónomos, las entidades que suelen presentar este tipo de Impuestos son aquellas Sociedades limitadas y las Unipersonales que se refieren a otro tipo de sociedades lucrativas.
Por supuesto, el Impuesto de Sociedades Empresas de Nueva Creación ofrece unos cuantos beneficios para impulsar el desarrollo de nuevos negocios dentro de cualquier país. El tipo de gravamen es el porcentaje que al ser multiplicado por la Base Imponible del Impuesto nos permite obtener la cuota íntegra.
Con una serie de reformas fiscales en el ámbito del impuesto de sociedades se estableció una bajada de tipo impositivo desde el 30% con un carácter general de hasta el 25%. Sin embargo, se pueden establecer unos tipos diferenciados quedando de esta manera:
Gravamen general: 25%
Tipos de gravamen especiales.
En estos últimos, destacan:
Las asociaciones y fundaciones están sujetas al Impuesto sobre Sociedades, pero existe una particularidad importante en su tratamiento fiscal. Estas entidades pueden beneficiarse de un régimen fiscal especial siempre que cumplan ciertos requisitos establecidos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Es crucial que las asociaciones y fundaciones conozcan y cumplan con las condiciones específicas para acceder a estos beneficios fiscales. La asesoría de profesionales especializados en materia tributaria puede ser fundamental para garantizar el cumplimiento normativo y optimizar la situación fiscal de estas entidades.
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