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La financiación propia, o fondos propios, se obtiene como consecuencia de las aportaciones que realizan los propietarios de la organización y de los beneficios que no son repartidos en forma de: dividendos, impuestos, etc., sino que son retenidos en el seno empresarial. El papel que estos desempeñan en la empresa es el de financiar bienes y derechos durante un plazo superior al año.
Los fondos propios están formados por las aportaciones realizadas por los dueños de la empresa y por los beneficios que esta ha generado a lo largo de su trayectoria y no han sido distribuidos. Los fondos propios conforman el núcleo del denominado patrimonio neto, que lo componen las siguientes partidas:
Los fondos propios de una sociedad también son importantes de cara a poder acogerse a incentivos fiscales, tales como los derivados del incremento de la reserva de capitalización o la reserva de nivelación.
Los contribuyentes del impuesto sobre sociedades tendrán derecho a una reducción en la Base Imponible de su ejercicio, siempre que haya realizado un incremento en sus fondos propios. En concreto, la reducción será del 10 por ciento del importe del incremento de sus fondos propios, siempre y cuando cumplan, además, una serie de requisitos.
Por otro lado, la reserva de nivelación solo la podrán aplicar las entidades de reducida dimensión. Las entidades podrán minorar su base imponible positiva hasta el 10 por ciento de su importe. Esta reducción de la Base Imponible no significa que no va a tributar, sino que se adicionará a la base imponible de los periodos impositivos sucesivos, siempre que el contribuyente tenga una base imponible negativa, y hasta el importe de la misma
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