ADGG0208 Actividades Administrativas en la Relación con el Cliente (Certificado de Profesionalidad Completo)
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Entendemos por actividad de fomento aquella que estimula, mediante diversos premios o apoyos de índole variada, el ejercicio de la actividad de los particulares para que la orienten al cumplimiento de determinados fines de interés general. Por su parte, entendemos por actividad administrativa de fomento como aquella modalidad de intervención administrativa que consiste en dirigir la acción de los particulares hacia fines de interés general mediante la entrega a concurso de alicientes diversos.
La técnica de incentivar actividades privadas, que no es otra cosa que el mecenazgo, lleva existiendo desde hace siglos, con ejemplos destacados en el Renacimiento, donde artistas y pensadores eran patrocinados por nobles o la Iglesia. En la actualidad, el mecenazgo puede adoptar diversas formas, desde donaciones filantrópicas hasta patrocinios corporativos.
La evolución histórica del fomento como actividad administrativa se remonta a la Edad Media, destacándose su generalización durante la época de los Austrias, especialmente en la construcción de obras públicas mediante el sistema de subvenciones. El término fomento adquiere relevancia legislativa en el siglo XVIII, reflejando una ideología política favorable a la intervención para abordar la decadencia económica y comercial en España.
No obstante, la conexión con el Estado de Derecho se consolida en el siglo XIX con la creación del Ministerio de Fomento en 1832. En la actualidad, a pesar del fortalecimiento de los servicios públicos, las técnicas de fomento siguen siendo fundamentales, especialmente al dirigirse a empresas privadas para objetivos de interés público, como la construcción de viviendas de renta limitada o el establecimiento de centros de enseñanza.
La clasificación de los medios de fomento más común es la siguiente:
Estos incentivos se corresponden con los estímulos psicológicos que promueven la actuación humana: el honor o la vanidad, el provecho y el derecho, aunque hoy día los estímulos honoríficos son escasamente operativos en relación con los económicos.
En ocasiones, un mismo acto incentivador tiene un contenido variable e incorpora estímulos diversos. A modo de ejemplo, podemos mencionar las matrículas de honor, que reconocen el esfuerzo del estudiante y suben su autoestima. También tienen un efecto sobre su economía, puesto que le dispensan del pago de una tasa en la matrícula del curso siguiente. De la misma manera, puede influir en su porvenir, ya que figura en el expediente como un logro especial que hace que destaque por encima del resto de alumnos con sus consecuentes ventajas.
El concepto de incentivos económicos se relaciona con el respaldo financiero que conceden los organismos públicos para promover la iniciativa económica privada y corregir el sistema de mercado. Estos incentivos suponen una inversión económica para la Administración y la entrega directa de fondos públicos al beneficiario. En este contexto, se establecen procedimientos que respalden la legalidad y la igualdad en el ámbito del fomento económico, donde el principio de igualdad exige un trato equitativo y una distribución transparente de las ayudas. En cuanto a las subvenciones, se distinguen entre un concepto amplio y estricto. Se considera la subvención como una atribución patrimonial a fondo perdido de una Administración Pública a favor de un particular, destinada a actividades de utilidad o interés social. La legislación española adopta una perspectiva amplia que incluye cualquier tipo de ayuda económica, pública, directa o indirecta.
Las subvenciones deben cumplir ciertos requisitos, como la falta de contraprestación directa, la vinculación a objetivos específicos y la promoción de actividades de utilidad pública o interés social. La naturaleza jurídica de las subvenciones se clasifica como jurídico-administrativa, y su régimen jurídico se rige por principios como publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Se destaca el principio de riesgo compartido y la importancia de respetar la libre competencia entre los operadores económicos del sector. Por último, el beneficiario de la subvención figura como la persona que llevará a cabo la actividad respaldada por el subsidio.
Una condecoración es un reconocimiento público otorgado a una persona en virtud de méritos, logros destacados o servicios destacados en áreas como la ciencia, la cultura, la política, el deporte o la labor humanitaria. Estas distinciones solo las pueden conferir instituciones gubernamentales, militares u organizaciones civiles para expresar aprecio y honor hacia el receptor.
Un título nobiliario, por otro lado, es un reconocimiento honorífico que tradicionalmente se otorga por razones hereditarias, sociales o políticas y que aporta ciertos privilegios o estatus dentro de la sociedad. Actualmente, su reconocimiento es más simbólico que material. Los títulos nobiliarios incluyen términos como duque, conde, marqués, barón, entre otros, y se les concede casi exclusivamente por herencia aristocrática.
La concesión de títulos nobiliarios se basa en la soberanía de los otorgantes, generalmente los Reyes, y esta soberanía se deriva de cuatro derechos nobiliarios: ius imperii, ius gladii, ius majestatis y ius honorum. El ius honorum premia virtudes y méritos con títulos nobiliarios o caballerescos, formando parte del patrimonio dinástico. Estos derechos son inherentes al soberano, inseparables, imprescriptibles e inalienables.
Existen varias formas de adquirir un título nobiliario:
Según la duración de dicho título distinguimos:
Según su naturaleza, pueden ser:
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