Índice
A lo largo de la historia son muchas las generaciones que han luchado por conseguir una sociedad más justa y libre. Bajo esta premisa nacen los derechos y deberes fundamentales como protectores de los ciudadanos en situaciones que pongan en riesgo una convivencia en paz y armonía. En este post te vamos a contar todo sobre cuáles son los derechos y deberes fundamentales o sus mecanismos de protección.
¿Quieres conocer más acerca de los derechos y deberes fundamentales?
Los derechos y deberes fundamentales son el punto de partida para cualquier persona que quiera dedicarse al asesoramiento y la protección de estos instrumentos legales. Además de aprender el pacto internacional de derechos civiles y políticos o la Constitución tienes que profundizar sobre las especialidades que rodean a estos derechos y deberes fundamentales. Por eso, si quieres formar parte de la élite jurídica que se encarga de llevar estos casos, te recomendamos que te matricules en el master online en derechos humanos de Euroinnova International Online Education.
Los derechos y deberes fundamentales en España aparecen recogidos en la Carta Magna de 1978. La constitución incluye estos derechos en su Título Primero y gozan de una mayor protección que se muestra en el Título X donde se exige unos mecanismos para su reforma más exigentes que en otras secciones de la Constitución.
En su artículo 10 se establece como fundamentos del orden público y la paz social el respeto a la dignidad de las personas, la inviolabilidad de los derechos que le son inherentes, la libertad de desarrollo de la personalidad, y el respeto a la ley y el resto de derechos que recoge la Constitución. Además, se tendrá como referentes a la hora de interpretar los derechos y deberes fundamentales, otros textos legales tan destacados como la Declaración Universal de Derechos Humanos, y los Tratados y Acuerdos Internacionales que hayan sido ratificados por España.
Aunque pueda parecer básico, se recoge también en el artículo 14 el principio de igualdad. Es decir, es la ausencia de discriminación por motivos raciales, condición sexual, religiosos u otros relacionados con alguna circunstancia personal.
Los derechos que recoge el Título I de la Constitución son los siguientes:
Derecho a la vida, integridad física y moral: Prohibición de tortura, penas o tratos inhumanos o degradantes, y abolición de la pena de muerte, salvo en leyes penales militares en tiempos de guerra.
Libertad ideológica, religiosa y de culto: Sin limitaciones, excepto para el mantenimiento del orden público. Nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. El Estado es aconfesional.
Derecho a la libertad y seguridad personal: Protección contra la privación de libertad arbitraria. Detención preventiva limitada en tiempo, con notificación inmediata de derechos y razones de detención. Derecho a la asistencia legal y a un procedimiento de habeas corpus.
Derecho al honor, intimidad personal y familiar, y a la propia imagen: Inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones y regulación del uso de la informática para proteger la intimidad. Secuestro de publicaciones y medios de información solo con resolución judicial.
Derecho a la libre elección de residencia y circulación por el territorio nacional: Sin limitaciones políticas o ideológicas.
Derecho de expresión: Libertad de expresar y difundir pensamientos, ideas y opiniones en cualquier medio. Libertad de producción artística y científica, de cátedra y de comunicar y recibir información veraz. Prohibición de censura previa.
Derecho de reunión pacífica: Sin armas y sin necesidad de autorización previa, salvo en casos de alteración del orden público en lugares de tránsito público y manifestaciones.
Derecho de asociación: Libertad de fundar sindicatos y asociarse. Prohibición de asociaciones secretas y paramilitares. Inscripción en un registro para publicidad. Disolución o suspensión solo por resolución judicial.
Derecho de participación en los asuntos públicos: Derecho al sufragio universal y a elegir representantes en elecciones periódicas. Acceso igualitario a funciones y cargos públicos.
Derecho a la tutela judicial efectiva: Derecho a la defensa, asistencia legal, información de la acusación, proceso público y garantías procesales. Presunción de inocencia. Prohibición de indefensión.
Principio de legalidad penal: Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que no constituyan delito según la legislación vigente al momento de cometerse.
Prohibición de Tribunales de Honor en la Administración Civil y Organizaciones Profesionales.
Derecho a la educación: Libertad de enseñanza. Educación para el pleno desarrollo de la personalidad humana y respeto a los principios democráticos. Derecho de los padres a la formación religiosa y moral de sus hijos. Obligatoriedad y gratuidad de la Enseñanza General Básica.
Derecho a la libre sindicación: Limitado en fuerzas armadas y cuerpos sometidos a disciplina militar. Regulación de su ejercicio para funcionarios públicos.
Derecho de huelga: Garantía de mantenimiento de servicios esenciales durante una huelga. Regulación de su ejercicio para funcionarios públicos.
Derecho a la propiedad privada: Garantía de inviolabilidad y función social. Limitaciones por interés general y justa indemnización en caso de expropiación.
Derecho a la igualdad: Prohibición de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Igualdad ante la ley y protección contra la discriminación.
Derecho a la no discriminación por razón de discapacidad: Garantía de igualdad de oportunidades, accesibilidad universal y adaptaciones necesarias para garantizar la plena participación en la sociedad.
Derecho a la igualdad entre hombres y mujeres: Promoción de la igualdad real y efectiva. Eliminación de cualquier forma de discriminación y fomento de medidas de acción positiva.
Derechos de los trabajadores: Derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a condiciones de trabajo dignas, a la seguridad e higiene laboral, a la negociación colectiva, a la huelga y a la protección frente al despido injustificado.
Los deberes fundamentales son:
Deber de respetar y cumplir la Constitución y el ordenamiento jurídico: Todos los ciudadanos tienen la obligación de acatar y respetar la Constitución y las leyes, así como el deber de cumplir con las normas y reglamentos establecidos.
Deber de defender España: Los españoles tienen el deber de defender a España y, en caso necesario, prestar servicio militar obligatorio de acuerdo con la ley.
Deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos: Los ciudadanos tienen la obligación de contribuir con los impuestos y demás cargas públicas de acuerdo con su capacidad económica, para garantizar el funcionamiento del Estado y la prestación de servicios públicos.
Deber de trabajar: Los ciudadanos tienen el deber de trabajar y el derecho a obtener un empleo digno. Asimismo, se promoverán políticas activas de empleo para facilitar la inserción laboral.
Deber de respetar los derechos y libertades de los demás: Todos los ciudadanos tienen la obligación de respetar los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, así como los de los demás individuos.
Deber de participar en la vida política y pública: Los ciudadanos tienen el deber de participar en la vida política, ejercer su derecho al voto y colaborar en la construcción de una sociedad democrática.
Deber de preservar el medio ambiente: Todos tienen la obligación de proteger el medio ambiente y conservar los recursos naturales, en aras de un desarrollo sostenible.
Deber de solidaridad: Los ciudadanos tienen la responsabilidad de ser solidarios con los demás, especialmente con las personas más necesitadas, contribuyendo al bienestar y al progreso de la sociedad en su conjunto.
La Constitución Española es un ejemplo de equilibrio entre los derechos y los deberes de los ciudadanos. Ahora bien, sólo se puede garantizar su cumplimiento mediante la inclusión de mecanismo de protección.
La propia Carta Magna recoge los siguientes:
Interesante ¿Verdad? Ahora tienes la oportunidad de dedicarte al ámbito jurídico con una formación altamente cualificada. Para ello, te recomendamos que te matricules en los cursos de derecho online de Euroinnova International Online Education.
¡Te esperamos!
Nuestra Formación
Nuestro porfolio se compone de cursos online, cursos homologados, baremables en oposiciones y formación superior de posgrado y máster.
Ver oferta formativa¡Muchas gracias!
Hemos recibido correctamente tus datos. En breve nos pondremos en contacto contigo.